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Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos de Chile.

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Cómo el Principio Pro Persona Orienta la Justicia y la Protección de Derechos en Chile

Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos de Chile.PublicacionesJurisprudenciaCómo el Principio Pro Persona Orienta la Justicia y la Protección de Derechos en Chile

El Principio Pro Persona: Pilar del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su Aplicación en Chile

El principio pro persona constituye uno de los fundamentos esenciales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del sistema jurídico interamericano. Su función central es clara: ante la existencia de varias normas aplicables, debe prevalecer aquella que otorgue la mayor protección a la persona humana. Este estándar orienta la interpretación judicial, administrativa y legislativa tanto a nivel nacional como internacional.

¿En qué consiste el principio pro persona?

A diferencia de otros criterios hermenéuticos que buscan coherencia sistemática o precisión normativa, el principio pro persona se centra exclusivamente en la protección efectiva de la dignidad humana. Su aplicación obliga a las autoridades a escoger —entre dos o más normas, tratados o interpretaciones posibles— aquella que amplíe, fortalezca o garantice de mejor manera los derechos fundamentales.

No se trata de una preferencia política o filosófica, sino de un mandato jurídico internacionalmente reconocido, especialmente en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, y adoptado ampliamente por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

Reconocimiento constitucional en Chile

En Chile, este principio tiene un anclaje expreso. El artículo 5° inciso segundo de la Constitución establece que el ejercicio de la soberanía se encuentra limitado por los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana y por los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado y que se encuentren vigentes.

Este mandato constitucional obliga a todos los órganos del Estado a respetar, promover y garantizar los derechos fundamentales conforme a estándares nacionales e internacionales. En consecuencia, cuando existan normas internas que generen duda interpretativa, las autoridades deben aplicar la interpretación más favorable a la persona.

Interpretación jurisprudencial: Corte IDH y Corte Suprema de Chile

Tanto la Corte Interamericana como la Corte Suprema de Chile han coincidido en que el principio pro persona es un criterio rector y vinculante.

Desde el caso Almonacid Arellano vs. Chile (2006), la Corte IDH ha enfatizado que los Estados deben interpretar su derecho interno a la luz de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del corpus juris internacional. Este enfoque exige privilegiar interpretaciones amplias de derechos, evitando lecturas rígidas que limiten la dignidad humana.

En Chile, la Corte Suprema ha aplicado este principio especialmente en materias de debido proceso, protección judicial, derechos de migrantes, niñez y personas privadas de libertad.

Un mandato ético y jurídico

El principio pro persona trasciende la técnica jurídica. Es un estándar que coloca al ser humano en el centro de toda decisión estatal, reafirmando que:

  • los derechos humanos no se negocian,

  • no se relativizan frente a intereses administrativos o formales,

  • y su protección exige actuaciones activas, proporcionales y efectivas.

Este enfoque es fundamental en contextos migratorios, donde la interpretación estricta de normas podría generar exclusión, vulnerabilidad o discriminación. El principio pro persona obliga a las instituciones a actuar siempre desde la perspectiva de mayor respeto y resguardo de la dignidad humana.

El principio pro persona no es solo una regla interpretativa: es un compromiso jurídico y ético que orienta la acción estatal hacia la máxima protección de los derechos humanos. Su aplicación plena en Chile fortalece el Estado de Derecho, asegura coherencia con los tratados internacionales y consolida una gobernanza migratoria basada en la dignidad, la justicia y la transparencia.

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