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Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos de Chile.

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Apropiación Indebida Institucional: La retención de fondos previsionales a migrantes

Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos de Chile.PublicacionesOpinión ExpertaApropiación Indebida Institucional: La retención de fondos previsionales a migrantes

Mientras las cámaras de televisión y el debate presidencial se obsesionan con la militarización de la frontera norte y los discursos de “seguridad nacional”, una violencia más silenciosa, pero igualmente devastadora, se ejecuta en las oficinas administrativas de nuestro país. Miles de migrantes que han trabajado formalmente, pagado impuestos y cotizado en el sistema chileno, se enfrentan hoy a una realidad kafkiana: al decidir abandonar Chile, el sistema les confisca de facto sus ahorros de toda la vida.

El mito del “trabajador de segunda clase”

La legislación chilena y la Constitución aseguran el derecho a la seguridad social y la propiedad sobre los fondos de capitalización individual sin distinción de nacionalidad. Sin embargo, en la práctica, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) se niegan sistemáticamente a devolver los fondos a los trabajadores extranjeros que retornan a sus países o migran a terceros destinos, salvo contadas excepciones (como la Ley 18.156 para técnicos y profesionales, cuya aplicación es restrictiva y burocrática).

Esta negativa genera una asimetría jurídica inaceptable. El Estado chileno exige al migrante cumplir con todas las obligaciones tributarias y laborales, pero al momento del egreso, le niega el derecho a llevarse el fruto de su trabajo.

Un problema de Derechos Humanos, no solo financiero.

No estamos hablando de “ahorro voluntario”, sino de fondos que, en muchos casos, constituyen el único capital con el que una familia cuenta para reiniciar su vida. La falta de mecanismos de portabilidad previsional efectiva y la ausencia de convenios bilaterales operativos (especialmente con Venezuela) transforman el sistema de seguridad social en una trampa financiera.
El caso, que ya ha escalado a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y al INDH, expone una vulneración flagrante: si el trabajador no puede jubilarse en Chile porque debe irse, y tampoco puede retirar sus fondos, el sistema se enriquece sin causa a costa del esfuerzo ajeno.

La propuesta del OGMDH

Desde el Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos, sostenemos que una política migratoria moderna no puede basarse en la expoliación. Proponemos:

  • Reforma Legal Express: Facilitar la devolución de fondos previsionales a extranjeros que acrediten salida definitiva del país, sin las trabas actuales de la Ley 18.156.
  • Diplomacia Previsional: Activar convenios bilaterales de seguridad social que permitan la exportación de pensiones o la transferencia de fondos.
  • Transparencia Corporativa: Exigir a las AFP protocolos claros y multilingües, terminando con la discrecionalidad en la atención al público.

La dignidad humana no termina en la frontera, y la justicia social no puede depender del pasaporte. Si Chile quiere orden, debe empezar por no quedarse con el dinero de quienes ayudaron a construir el país.

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