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Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos de Chile.

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Corte Suprema pone límites a la discrecionalidad de la PDI

Resumen del Fallo: Corte Suprema pone límites a la discrecionalidad de la PDI

En un fallo unánime (Rol N° 51.745-2025), la Segunda Sala de la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Antofagasta y acogió el recurso de amparo en favor de una ciudadana boliviana, dejando sin efecto la prohibición de ingreso impuesta en su contra.

Los puntos clave de la resolución son:

  • Falta de competencia de la PDI: El tribunal determinó que la Policía de Investigaciones no tiene la facultad para imponer prohibiciones de ingreso de forma autónoma basándose únicamente en el ingreso por paso no habilitado. Dicha medida debe ser dictada mediante un acto administrativo fundado por el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG).

  • Arbitrariedad y falta de fundamentación: Al existir solo un “certificado de prohibición” de la policía y no una resolución del SERMIG, no hay una motivación clara, una duración definida, ni un análisis de proporcionalidad de la medida.

  • Protección de la unidad familiar: La Corte destacó que la autoridad omitió considerar el interés superior del niño, ya que la amparada es madre de una niña chilena y tiene a su cuidado a otra menor, quienes residen en el país.

  • Límites a la administración: El fallo enfatiza que la discrecionalidad administrativa no es absoluta y debe respetar siempre el principio de legalidad y los derechos fundamentales de las personas.

[Descargar Sentencia Completa en PDF aquí]

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