Informe Semanal OGMDH-Chile N.° 23
Giro punitivo en la política migratoria chilena: expansión legislativa, rezago operativo y riesgos para los derechos fundamentales
Resumen Ejecutivo
La semana del 3 al 10 de abril de 2026 marca un punto de inflexión en la política migratoria chilena. El Ejecutivo reconoció públicamente la ausencia de expulsiones ejecutadas bajo la nueva administración, expuso el rezago estructural del sistema y articuló un programa de endurecimiento normativo de largo alcance. El Congreso, por su parte, recibió los lineamientos programáticos del Ministerio del Interior y dio un paso legislativo significativo: el Senado aprobó en general el proyecto que perfecciona el procedimiento de expulsión administrativa (Boletín N.° 16.836-06), por 35 votos a favor y 1 en contra.
El OGMDH-Chile analiza estos hechos identificando sus implicancias para el Estado de Derecho, el debido proceso y los derechos fundamentales de la población migrante.
Cifras Verificadas del Período
| Cifra | Fuente verificada |
|---|---|
| Más de 44.000 expulsiones pendientes de ejecución | Comisión de Gobierno Interior del Senado, 8 de abril de 2026 |
| 337.000 personas en condición irregular (17,6 % de la población migrante) | Ministro Alvarado ante el Senado, 8 de abril de 2026 |
| 123.000 trámites de regularización en espera | Comisión de Gobierno Interior del Senado, 8 de abril de 2026 |
| 22.896 casos de nacionalización pendientes de firma | Ministro Alvarado ante Comisión de Gobierno, Senado, 8 de abril de 2026 |
| ~155.000 ingresos irregulares vs. ~4.000 expulsiones (2022–2025) | Vocera Sedini, Radio 13C, 8 de abril de 2026 |
| Proyecto de expulsión administrativa aprobado en general: 35 votos a favor, 1 en contra | Senado de la República, 8 de abril de 2026 |
I. Ejecutivo: la expulsión como eje central y el reconocimiento del rezago
El 8 de abril, la vocera de Gobierno Mara Sedini reconoció ante la opinión pública que la nueva administración no ha concretado expulsiones masivas de migrantes irregulares —una de las promesas centrales de la campaña presidencial— y que no existen cifras actualizadas de deportaciones ejecutadas. La autoridad explicó la paradoja con una fórmula directa: “Son dos aristas que hay que atacar, porque no podemos expulsar mientras entran” (Radio 13C, 8.04.2026).
Sedini identificó el problema estructural: durante la administración anterior se registraron aproximadamente 155.000 ingresos irregulares frente a cerca de 4.000 expulsiones —una brecha que calificó de “absolutamente mediocre”— y acumuló más de 40.000 decretos de expulsión pendientes de ejecución. La regularización masiva fue descrita como “un premio a la ilegalidad y un efecto llamada”.
La agenda programática anunciada comprende cinco ejes:
- →Incentivar la salida voluntaria de personas en situación irregular.
- →Eliminar beneficios fiscales a personas sin residencia regular.
- →Sancionar empleadores que contraten sin acreditar residencia.
- →Tipificar el ingreso irregular como delito penal.
- →Reforzar el control fronterizo a través del Plan Escudo Fronterizo.
El OGMDH-Chile observa que estas declaraciones configuran el marco político oficial de la política migratoria 2026 y anticipan un ciclo de alta producción legislativa en materia migratoria para los meses de abril y mayo.
II. Congreso: cifras del rezago y agenda legislativa 2026
El 8 de abril, el ministro del Interior Claudio Alvarado expuso ante la Comisión de Gobierno Interior del Senado el estado del sistema migratorio. Los datos presentados confirman la profundidad del rezago estructural: más de 44.000 expulsiones pendientes de ejecución con restricciones logísticas y operativas; 337.000 personas en condición irregular equivalente al 17,6 % de la población migrante; 123.000 trámites de regularización en espera; y 22.896 casos de nacionalización decretados que no fueron firmados por la administración anterior.
El Ministro anunció que el proceso de expulsiones comenzaría durante abril, de forma progresiva y coordinada entre instituciones. La Comisión, presidida por la senadora Danisa Astudillo, acordó solicitar información detallada sobre el Plan Escudo Fronterizo y establecer seguimiento periódico de resultados.
En la Cámara de Diputados, la Comisión de Gobierno Interior fue informada de cifras similares —más de 46.000 expulsiones pendientes según fuentes de esa instancia— y solicitó cronogramas concretos de ejecución.
La agenda legislativa migratoria para 2026 incluye, entre otros proyectos en tramitación, el Boletín N.° 17.474-06 (restricción de beneficios fiscales, actualmente en segundo trámite en el Senado) y el Boletín N.° 16.836-06 (perfeccionamiento del procedimiento de expulsión administrativa, aprobado en general el 8 de abril).
III. Senado aprueba en general el proyecto de perfeccionamiento de la expulsión administrativa
El hecho legislativo más relevante de la semana fue la aprobación en general del Boletín N.° 16.836-06 por el Senado, el 8 de abril de 2026, por 35 votos a favor y 1 en contra. El Director Nacional del SERMIG, Frank Sauerbaum, estuvo presente en el hemiciclo en representación del Ejecutivo. El plazo para presentar indicaciones fue fijado para el 29 de abril de 2026.
El proyecto contempla las siguientes modificaciones al régimen de expulsión:
- →Facultad de la PDI para ingresar al domicilio de personas con decreto de expulsión en casos de delitos graves o de orden público, dictado por el Subsecretario del Interior o el Director del SERMIG, y que la persona esté formalizada o acusada por simple delito.
- →Expulsión inmediata para extranjeros formalizados o acusados por simple delito, previa autorización judicial solicitada por el Subsecretario del Interior.
- →Prohibición de reingreso de hasta 10 años para quienes ingresen irregularmente al territorio nacional.
- →Toma obligatoria de datos biométricos a personas extranjeras mayores de 18 años en condición migratoria irregular.
- →Fortalecimiento de las facultades del Subsecretario del Interior y ampliación de causales de expulsión por razones de orden público.
IV. Análisis Jurídico-Institucional del OGMDH-Chile
La centralidad de la expulsión administrativa —respaldada ahora por nuevas facultades coercitivas— como respuesta predominante a la irregularidad migratoria tensiona los estándares de debido proceso, proporcionalidad e inexcusabilidad establecidos por la propia Ley N.° 21.325 y la Ley N.° 19.880. La jurisprudencia reciente de la Corte Suprema ha reafirmado que la causal migratoria no exime a la autoridad del deber de ponderar individualmente las circunstancias personales de cada afectado.
Las nuevas atribuciones que el proyecto concede a la PDI —ingreso a domicilio y toma de biometría— requieren controles judiciales estrictos y protocolos diferenciados para evitar vulneraciones a la libertad personal (art. 19 N.° 7 CPR), la inviolabilidad del hogar (art. 19 N.° 5 CPR) y el principio de no discriminación (art. 1.1 CADH). La exigencia de autorización judicial previa es una garantía que el proyecto contempla, pero cuya efectividad dependerá del diseño reglamentario y del estándar que los tribunales apliquen en cada caso concreto.
La combinación de eliminación de beneficios sociales, sanciones a empleadores, amenaza penal por ingreso irregular y ampliación de causales de expulsión puede producir efectos sistémicos no previstos: mayor informalidad laboral, desincentivo para acudir a instituciones públicas, incremento de la vulnerabilidad humanitaria y aumento de la litigiosidad judicial frente a actos administrativos con motivación insuficiente.
La existencia de más de 44.000 decretos de expulsión pendientes, sumada a la aceleración normativa, plantea un riesgo de ejecución masiva sin análisis individualizado de circunstancias personales. La Corte Suprema ha reiterado —en los Roles N.° 51.745-2025 y N.° 8.412-2026, entre otros— que la ejecución de expulsiones sin ponderar arraigo familiar, interés superior del niño y proporcionalidad de la medida constituye una ilegalidad susceptible de amparo constitucional.
V. Conclusiones del Observatorio
- →La semana del 3 al 10 de abril de 2026 marca un punto de inflexión: el Gobierno consolida un enfoque punitivo y el Congreso lo respalda con legislación ampliada.
- →La brecha entre los decretos de expulsión dictados y los ejecutados revela una crisis operativa estructural que no se resuelve solo con nuevas facultades coercitivas, sino con capacidad institucional, coordinación diplomática y garantías de debido proceso.
- →El OGMDH-Chile observa con preocupación la velocidad de la expansión coercitiva en ausencia de mecanismos que garanticen el análisis individualizado exigido por el artículo 129 de la Ley N.° 21.325 y la jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema.
- →Será determinante el seguimiento del debate parlamentario del Boletín N.° 16.836-06 durante el período de indicaciones (hasta el 29 de abril), especialmente en lo relativo a las garantías procesales del ingreso a domicilio y la duración de la prohibición de reingreso.
Referencias
Normativas: Ley N.° 21.325, Arts. 32, 44, 127, 129 y 141 · Ley N.° 19.880, Arts. 7, 8, 9, 11 y 14 · CPR, Arts. 19 N.° 2, 5, 7 y 21 · CADH, Arts. 1.1, 7, 8 y 25 · Boletines N.° 16.836-06 y N.° 17.474-06
Fuentes informativas: BioBioChile (8.04.2026) · El Mostrador (8.04.2026) · Senado de la República — senado.cl (8.04.2026) · SERMIG — serviciomigraciones.cl (8.04.2026) · Poder y Liderazgo (8.04.2026) · Contraplano (9.04.2026)


