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Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos de Chile.

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Aprobación de la penalización del ingreso irregular y aclaración sobre nacionalidad de hijos de migrantes

Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos de Chile.PublicacionesInformes SemanalesAprobación de la penalización del ingreso irregular y aclaración sobre nacionalidad de hijos de migrantes

Informe Semanal OGMDH-Chile N.° 27

Aprobación de la penalización del ingreso irregular y aclaración sobre nacionalidad de hijos de migrantes
Senado aprueba criminalización del ingreso por paso no habilitado. Circular N.° 16 del Registro Civil confirma que hijos de migrantes irregulares siguen siendo chilenos

Período analizado: 1 al 8 de mayo de 2026
Publicación: 9 de mayo de 2026
Línea editorial: Gobernanza migratoria, análisis jurídico y derechos fundamentales

Introducción

Entre el 1 y el 8 de mayo de 2026, la política migratoria chilena registró dos acontecimientos simultáneos de significativa relevancia jurídica e institucional: la aprobación en general, por parte del Senado, del proyecto de ley que penaliza el ingreso irregular al territorio nacional, y la emisión de la Circular N.° 16 del Servicio de Registro Civil e Identificación, que aclaró el criterio aplicable a la inscripción de nacimientos de hijos de personas migrantes en situación irregular.

Mientras el primero de estos hechos consolida el giro punitivo iniciado semanas atrás con la ampliación de facultades de expulsión y fiscalización, el segundo constituye una rectificación institucional relevante frente a la controversia generada por la Circular N.° 14 de abril de 2026.

El Observatorio de Gobernanza Migratoria y Derechos Humanos de Chile (OGMDH-Chile) analiza este período desde la perspectiva de la seguridad jurídica, los derechos fundamentales de la niñez migrante y los estándares constitucionales e internacionales aplicables en materia de nacionalidad y debido proceso.

Resumen Ejecutivo

El 5 de mayo de 2026, el Senado aprobó en general el proyecto de ley que tipifica como delito el ingreso irregular al territorio nacional, con 24 votos a favor y 20 en contra. La iniciativa establece penas de presidio menor en grado mínimo (61 a 540 días) y multas de 5 a 10 UTM, con excepciones para menores de edad y solicitantes de refugio. La senadora Yasna Provoste reservó constitucionalidad del proyecto, y la Corte Suprema había advertido previamente que algunos artículos requieren rango de Ley Orgánica Constitucional. El plazo de indicaciones vence el 28 de mayo de 2026.

El 4 de mayo de 2026, el Servicio de Registro Civil e Identificación emitió la Circular N.° 16, que establece expresamente que los hijos e hijas de padres en situación migratoria irregular seguirán siendo inscritos como chilenos, aclarando que la irregularidad migratoria no constituye tránsito temporal y delimitando el concepto de “extranjero transeúnte” exclusivamente a personas con permanencia transitoria vigente (turistas, tripulantes, personas en tránsito).

Durante la semana se reportaron 1.424 salidas voluntarias de migrantes desde el 11 de marzo y 580 expulsiones concretadas. La Fiscalía obtuvo condenas contra redes de tráfico de migrantes en Arica y alertó sobre expansión del Tren de Aragua hacia extorsión de pequeños comerciantes. Carabineros y PDI intensificaron operativos de fiscalización migratoria en diversas regiones del país.

I. Senado aprueba en general penalización del ingreso irregular: debate constitucional y reservas de legalidad

Contenido del proyecto aprobado

El 5 de mayo de 2026, el Senado aprobó en general, con 24 votos a favor y 20 en contra, el proyecto de ley que tipifica como delito el ingreso irregular al territorio nacional por paso no habilitado.

Sanciones establecidas:

  • Pena de presidio menor en grado mínimo (61 a 540 días de privación de libertad).
  • Multa de 5 a 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

Excepciones contempladas:

  • Menores de edad.
  • Solicitantes de refugio o protección internacional.
Reserva de constitucionalidad y advertencias de la Corte Suprema

Durante la votación, la senadora Yasna Provoste reservó constitucionalidad del proyecto, señalando que diversos artículos podrían estar afectando materias que, conforme a la Constitución Política de la República, requieren regulación mediante Ley Orgánica Constitucional.

Esta reserva se fundamenta en un oficio previo de la Corte Suprema, que advirtió formalmente al Congreso Nacional que determinadas disposiciones del proyecto afectan derechos fundamentales y facultades jurisdiccionales que, según el ordenamiento constitucional chileno, deben tramitarse con el quórum calificado propio de las leyes orgánicas constitucionales.

Posición del gobierno y argumentos de la oposición

El gobierno defendió la iniciativa como una herramienta disuasiva frente a lo que caracteriza como “emergencia migratoria”, argumentando que la tipificación penal del ingreso irregular reducirá los flujos migratorios irregulares y fortalecerá el control fronterizo.

La oposición, por su parte, advirtió sobre:

  • Sobrecarga institucional para la Fiscalía, PDI y tribunales penales.
  • Saturación del sistema penitenciario con personas cuya conducta es esencialmente administrativa.
  • Posibles conflictos diplomáticos internacionales derivados de la aplicación de penas privativas de libertad a ciudadanos extranjeros por ingreso irregular.
  • Contradicción con el principio de ultima ratio del derecho penal, que reserva la sanción punitiva para conductas que afectan bienes jurídicos esenciales cuando otras ramas del derecho resultan insuficientes.
Plazo de indicaciones y continuidad del debate

El proyecto pasará a discusión particular, con plazo de indicaciones hasta el 28 de mayo de 2026. Durante este período, senadores y organizaciones de la sociedad civil podrán presentar modificaciones orientadas a reforzar garantías, limitar efectos desproporcionados o ajustar la propuesta a estándares constitucionales e internacionales.

II. Circular N.° 16 del Registro Civil: aclaración sobre nacionalidad de hijos de migrantes irregulares

Antecedente: controversia generada por la Circular N.° 14

El 13 de abril de 2026, el Servicio de Registro Civil e Identificación emitió la Circular N.° 14, que actualizaba las instrucciones administrativas sobre inscripción de nacimientos con anotación de “hijo de extranjero transeúnte”. Esta circular generó preocupación en organizaciones de derechos humanos, académicos y especialistas en migración, debido a la percepción de que ampliaba el concepto de “transeúnte” y podía afectar a hijos de migrantes en situación irregular, generando riesgo de apatridia.

Contenido de la Circular N.° 16

El 4 de mayo de 2026, el Registro Civil emitió la Circular N.° 16, complementaria a la N.° 14, que introduce aclaraciones jurídicamente trascendentales:

1. Reconocimiento expreso del criterio histórico sobre migrantes irregulares

La Circular N.° 16 establece textualmente:

“Los hijos e hijas de padres en situación migratoria irregular seguirán siendo inscritos como chilenos.”

Este reconocimiento constituye el punto jurídico más relevante del documento, pues confirma que la Ley N.° 21.325 sobre Migración y Extranjería no modificó el criterio aplicable a hijos de personas migrantes irregulares, manteniendo la interpretación protectora desarrollada por la jurisprudencia de la Corte Suprema durante las últimas décadas.

2. Delimitación precisa del concepto de “extranjero transeúnte”

La Circular N.° 16 establece que la categoría de extranjero transeúnte se limita exclusivamente a personas con permanencia transitoria vigente conforme a la Ley N.° 21.325, que incluye:

  • Turistas.
  • Tripulantes de naves o aeronaves.
  • Personas en tránsito.
  • Visitantes temporales.
  • Habitantes de zonas fronterizas en determinadas condiciones.

3. Objetivación del análisis administrativo

La Circular instruye que el análisis debe realizarse sobre la base de elementos objetivos verificables:

  • Fecha de ingreso al territorio nacional.
  • Tipo de permiso migratorio.
  • Vigencia de permanencia transitoria.
  • Documentación migratoria presentada.

Al mismo tiempo, el Registro Civil señala que no corresponde analizar factores subjetivos como contratos de trabajo, arraigo familiar, intención de permanencia ni otros elementos vinculados a residencia efectiva.

Valoración del OGMDH-Chile

El OGMDH-Chile valora positivamente la aclaración introducida por la Circular N.° 16, por cuanto:

  • Mantiene el criterio protector consolidado por la jurisprudencia de la Corte Suprema respecto de hijos de migrantes irregulares.
  • Reduce significativamente el riesgo de apatridia para niños, niñas y adolescentes nacidos en Chile.
  • Delimita de manera objetiva el concepto de “extranjero transeúnte”, vinculándolo a la categoría migratoria de permanencia transitoria vigente.
  • Genera certeza jurídica para familias migrantes y funcionarios del Registro Civil.

No obstante, persisten problemas jurídicos que requieren seguimiento institucional:

  • La exclusión del análisis de arraigo puede generar conflictos constitucionales en casos de personas con permanencia transitoria vencida que desarrollaron vínculos estables en Chile.
  • Subsisten riesgos en situaciones de turistas que dan a luz en Chile y tienen dificultades para acreditar nacionalidad del país de origen.
  • Es necesario garantizar información accesible a las familias sobre el derecho de oposición y rectificación administrativa ante el SERMIG.

III. Expulsiones, salidas voluntarias y operativos de fiscalización

Cifras oficiales de salidas y expulsiones

El gobierno informó durante la semana que, desde el 11 de marzo de 2026 (inicio de la actual administración), se han registrado:

  • 1.424 salidas voluntarias de migrantes.
  • 580 expulsiones concretadas mediante vuelos charter y operativos terrestres.

Según declaraciones oficiales, la meta gubernamental es alcanzar 6.000 expulsiones, priorizando ciudadanos venezolanos. Sin embargo, se reportan dificultades diplomáticas con Venezuela que complican la ejecución de deportaciones.

Operativos de Carabineros y PDI

Durante el período analizado se ejecutaron diversos operativos de fiscalización migratoria:

  • Punitaqui (4 de mayo): 2 detenidos, 77 controles de identidad y fiscalizaciones migratorias.
  • Región Metropolitana: megaoperativo con más de 6.175 controles preventivos y 56 detenidos en 30 puntos de la capital, con foco en migración irregular y búsqueda de prófugos.
  • Plan Escudo Fronterizo: la Subsecretaría del Interior reportó avance del 20% en la construcción de la zanja en la frontera norte.

IV. Fiscalía: condena contra redes de tráfico y alerta sobre expansión del Tren de Aragua

Condena contra red de tráfico de migrantes en Arica

La Fiscalía Regional de Arica y Parinacota obtuvo condena contra una red que ingresó irregularmente a más de 60 migrantes, incluidos niños, niñas y adolescentes, cobrando entre 150 y 700 dólares por persona. Los responsables fueron condenados por tráfico de migrantes y asociación ilícita.

Alerta sobre expansión del Tren de Aragua

La Fiscalía Metropolitana Sur alertó que bandas vinculadas al Tren de Aragua están mutando hacia la extorsión de pequeños comerciantes y podrían expandirse hacia el sector oriente de Santiago. Se investigan además casos de secuestros extorsivos vinculados a migrantes en situación irregular.

El OGMDH-Chile reitera su posición de apoyo explícito a la persecución penal eficaz del crimen organizado transnacional, por cuanto protege tanto a la sociedad chilena como a la población migrante trabajadora y honesta, frecuentemente víctima de estas estructuras criminales.

V. Contraloría: revisión de la Circular N.° 16 y dictamen sobre empleo municipal

Solicitudes de revisión de la Circular N.° 16

La Contraloría General de la República recibió solicitudes de organizaciones de derechos humanos y parlamentarios para revisar la legalidad de la Circular N.° 16 del Registro Civil, particularmente en lo relativo a la exclusión del análisis de arraigo y la posible vulneración de tratados internacionales sobre derechos de la niñez.

Dictamen sobre empleo municipal

La Contraloría emitió un dictamen que determina que se requiere ciudadanía chilena para trabajar en municipalidades, excluyendo a migrantes con residencia definitiva que no han accedido a la nacionalización. Esta decisión genera efectos en el acceso al empleo público de personas migrantes regularizadas.

VI. Conclusiones del Observatorio

Durante el período comprendido entre el 1 y el 8 de mayo de 2026:

  • El Senado aprobó en general la penalización del ingreso irregular, consolidando el giro punitivo de la política migratoria chilena. La reserva de constitucionalidad y las advertencias de la Corte Suprema obligan a un análisis riguroso durante la discusión particular.
  • La Circular N.° 16 del Registro Civil constituye una aclaración institucional relevante que mantiene el criterio protector para hijos de migrantes irregulares, reduciendo riesgos de apatridia y generando certeza jurídica.
  • Persisten desafíos constitucionales y convencionales en la aplicación del concepto de “extranjero transeúnte”, particularmente en casos de permanencias transitorias vencidas con arraigo consolidado.
  • La persecución penal del crimen organizado transnacional continúa siendo una prioridad legítima del Estado, con condenas efectivas contra redes de tráfico de migrantes.
  • La intensificación de operativos de fiscalización requiere supervisión institucional para evitar detenciones basadas en perfilamiento racial y garantizar el respeto al debido proceso.

El Observatorio reafirma tres principios simultáneos e inseparables:

  • Control migratorio legítimo, basado en facultades legales y ejercido con proporcionalidad y debido proceso.
  • Protección irrestricta de derechos de la niñez migrante, garantizando acceso a la nacionalidad, identidad y unidad familiar.
  • Coherencia entre legislación interna y estándares constitucionales e internacionales, evitando normas que contradigan principios fundamentales del Estado de Derecho.

El Observatorio continuará monitoreando el desarrollo de la discusión particular del proyecto de penalización del ingreso irregular, la aplicación de la Circular N.° 16 y la evolución jurisprudencial en materia de nacionalidad y derechos de la niñez migrante.

Referencias

Normativas: CPR, Art. 10 N.° 1  ·  Ley N.° 21.325, Arts. 32, 47, 53, 127, 129, 173  ·  Circular D.N. N.° 14 del Servicio de Registro Civil e Identificación (13.04.2026)  ·  Circular D.N. N.° 16 del Servicio de Registro Civil e Identificación (04.05.2026)  ·  CADH, Arts. 1.1, 7, 8, 19, 20, 22.9 y 25  ·  CDN, Arts. 2, 3, 7 y 8

Fuentes informativas: Senado de la República — senado.cl  ·  Registro Civil — registrocivil.cl  ·  Contraloría General de la República — contraloria.cl  ·  Fiscalía Nacional — fiscaliadechile.cl  ·  Defensoría de la Niñez  ·  BioBioChile  ·  El Mostrador  ·  CIPER  ·  The Clinic

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